Trabajadores domésticos no tendrán auxilio de cesantía en reforma laboral

 
El auxilio de cesantía permite a los trabajadores sostenerse hasta que consigan otro contrato de trabajo. (ARCHIVO)

El proyecto de modernización del Código de Trabajo amplía los derechos de los trabajadores domésticos

Por Joaquín Caraballo

EN SANTO DOMINGO, SÀBADO, 12 Octubre, 2024: El proyecto de modernización del Código de Trabajo de la República Dominicana amplía los derechos de los trabajadores domésticos, pero no tendrán auxilio de cesantía.

El proyecto establece que al trabajador del hogar (trabajador doméstico) se le aplican exclusivamente los derechos establecidos en el nuevo Código referentes al descanso remunerado, los días declarados no laborables por la Constitución o las leyes.

También, a las vacaciones anuales, al salario mínimo, al salario de Navidad, a la protección de la maternidad, a la formación profesional, a la formación y prueba del contrato, a sus modalidades y a la suspensión de sus efectos.

El párrafo I del artículo 265 indica que todo trabajador del hogar tiene derecho a que su empleador le conceda los permisos necesarios para asistir a una escuela, al médico o a un centro de salud, en caso de enfermedad, siempre y cuando sea compatible con su jornada de trabajo o en el día acordado con su empleador.

Asimismo, el párrafo II establece que el contrato de trabajo de los trabajadores del hogar termina sin responsabilidad para las partes por el mutuo consentimiento o por voluntad unilateral con un aviso previo de cinco días.

Precisa que, si el empleador omite el preaviso o lo otorga de modo insuficiente, debe pagar al trabajador una indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración que correspondería durante este plazo.

Destaca que no aplican a los contratos de trabajo del hogar las disposiciones de los artículos 80 y siguientes del Código de Trabajo.

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